En el preámbulo los firmantes expresan, entre otros, su preocupación por el hecho de que cincuenta años después de la adopción de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y la subsiguiente adopción de otros instrumentos de derechos humanos, las graves violaciones de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y su desprecio
A continuación pasan a definir los deberes y las responsabilidades y quienes son los titulares de los mismos, para después tratar en detalle de:
-
El deber y la responsabilidad de la protección de la vida y a lograr la supervivencia tanto de las generaciones actuales como de las futuras.
-
La obligación y responsabilidad de promover la seguridad colectiva y la cultura de la paz.
-
La obligación de promover el desarme en interés de la paz.
-
La obligación de intervenir para impedir graves violaciones de los derechos humanos.
-
La obligación y la responsabilidad de respetar el derecho humanitario internacional en tiempos de conflictos armados.
-
El deber y la responsabilidad de la ayuda humanitaria y la intervención.
-
La obligación y la responsabilidad de proteger y promover un medio ambiente seguro, estable y sano.
-
La obligación y la responsabilidad de promover un orden internacional equitativo.
-
El deber de aliviar la deuda usurera.
-
El deber y la responsabilidad de promover un desarrollo científico y tecnológico seguro, responsable y equitativo.
-
Los deberes y responsabilidades de las corporaciones públicas y del sector privado.
-
El deber y la responsabilidad de impedir y castigar el crimen internacional organizado.
-
La obligación y la responsabilidad de erradicar la corrupción y establecer una sociedad ética.
-
El deber y la responsabilidad de conseguir una participación significativa en los asuntos públicos.
-
La obligación y la responsabilidad de respetar y asegurar la libertad de opinión, de expresión y de los medios de comunicación.
-
Deberes y responsabilidades referentes a las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
-
La obligación y la responsabilidad de respetar y asegurar la libertad de reunión y de asociación.
-
El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la libertad de religión, creencias y conciencia.
-
El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la integridad física y personal.
-
El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar el derecho a la libertad personal y a la seguridad física.
-
La obligación y la responsabilidad de prohibir e impedir la esclavitud y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud.
-
El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la ausencia de tortura, de tratos o castigos crueles, inhumanos y degradantes.
-
El deber y la responsabilidad de prevenir y erradicar las desapariciones forzosas
-
La obligación de respetar y asegurar un trato igual y la no discriminación
-
El deber y la responsabilidad de respetar y asegurar la igualdad.
-
La obligación y la responsabilidad de asegurar la igualdad racial y religiosa.
-
El deber y la responsabilidad de asegurar la igualdad de sexo y de género.
-
El deber y la responsabilidad de asegurar la igualdad de las personas discapacitadas.
-
El deber y la responsabilidad de respetar y proteger los derechos de las minorías.
-
El derecho y la responsabilidad de respetar, proteger y promover los derechos de los pueblos indígenas.
-
La obligación y la responsabilidad de respetar, proteger y promover los derechos de los niños.
-
El deber y la responsabilidad de promover y hacer que se realicen los derechos y el bienestar de los ancianos.
-
El deber y la responsabilidad de promover el derecho a un trabajo justamente remunerado.
-
El deber y la responsabilidad de promover la calidad de vida y un nivel de vida adecuado.
-
El deber y la responsabilidad de promover y aplicar el derecho a la educación.
-
El deber y la responsabilidad de fomentar las artes y la cultura.
-
El deber y la responsabilidad de prever y aplicar recursos efectivos.
-
El deber de observar y poner en práctica la Declaración de Responsabilidades y Deberes Humanos.
Las personas físicas u organizaciones se pueden adherir al manifiesto aquí. Entre los firmantes del manifiesto figuran personalidades como Ricardo Diez Hochleitner y Federico Mayor Zaragoza y entre las organizaciones un número importante de universidades europeas y estadounidenses.
(*)Richard J. Goldstone, juez surafricano de 70 años, ha sido durante los últimos años el profesor visitante de NYU Law School, Fordham Law School y Harvard Law School. Actualmente es profesor visitante en la School of Law y Joan B. Kroc Institute for Peace and Justice ata la Universidad de San Diego. Antes de su traslado a la academia, el Juez Goldstone sirvió a la justicia en Sudáfrica en los más altos tribunales.